matrimonio obligación - significado y definición. Qué es matrimonio obligación
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Qué (quién) es matrimonio obligación - definición

Obligación mancomunada; Obligacion conjunta; Obligacion mancomunada; Responsabilidad mancomunada

Obligación conjunta         
Una obligación conjunta o mancomunada es un tipo de obligación jurídica en la que participan varios acreedores o varios deudores.
obligación mancomunada         
term. comp.
Derecho. Aquella cuyo cumplimiento es exigible a dos o más deudores, a cada uno en su parte corres pondiente.
obligación mancomunada         
Derecho.
Aquella cuyo cumplimiento es exigible a dos o más deudores, a cada uno en su parte corres pondiente.

Wikipedia

Obligación conjunta

Una obligación conjunta o mancomunada es un tipo de obligación jurídica en la que participan varios acreedores o varios deudores.

Los deudores o acreedores que participan en esta obligación no tienen relación entre sí, sino que son participantes individuales de la misma instancia. Por lo tanto, un deudor no tiene la responsabilidad de responder por toda la obligación, sino solamente, por la parte que le corresponde.

¿Qué es Obligación conjunta? - significado y definición